Tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea, las normas para viajar han cambiado definitivamente. A día de hoy, el pasaporte europeo ya no es suficiente por sí solo: ahora es obligatorio tramitar la ETA británica (Autorización Electrónica de Viaje) antes de tu llegada. Este permiso digital, que sustituye al antiguo libre tránsito, es un requisito indispensable tanto para visitas turísticas como para escalas aeroportuarias, y debe estar aprobado antes de iniciar tu viaje.

¿Los ciudadanos europeos necesitan visado para el Reino Unido?
Como norma general, los ciudadanos de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza no necesitan un visado tradicional para estancias cortas de turismo o negocios (hasta 6 meses). Sin embargo, desde 2025, el pasaporte ya no es suficiente: ahora es obligatorio contar con una eTA británica (Autorización Electrónica de Viaje).
Sin embargo hay excepciones, los ciudadanos de la República de Irlanda y aquellos con estatus de residente son los únicos exentos de tramitar la ETA.
¿Los ciudadanos españoles necesitan visa para el Reino Unido?
Como ciudadano español, actualmente no se necesita un visado convencional para viajar al Reino Unido por turismo, siempre que la estancia sea inferior a 6 meses. Sin embargo, los requisitos documentales han cambiado sustancialmente respecto a años anteriores:
- Pasaporte obligatorio: El DNI ya no es válido para entrar al país. Se necesita un pasaporte que tenga una validez mínima de 6 meses desde la fecha de salida de Reino Unido.
- Autorización eTA: Aunque no sea un "visado" de larga duración, desde 2025 los ciudadanos españoles deben obtener una eTA antes de viajar.
- Permanecer en el país hasta un máximo de 6 meses. Durante este tiempo, no está permitido trabajar y se debe demostrar medios económicos suficientes para la estancia.
- Si la intención es trabajar, realizar estudios superiores o residir más de 6 meses, se tendrá que tramitar el visado correspondiente según la actividad.
Requisitos en la frontera del Reino Unido
Al llegar al control fronterizo, se debe presentar el pasaporte en vigor vinculado a una eTA británica aprobada. A partir del 25 de febrero de 2026, la política "sin permiso no hay viaje" obliga a las aerolíneas a verificar esta autorización digital antes del embarque.
Además, las autoridades pueden requerir:
- Justificantes de viaje: Billete de vuelta y confirmación de alojamiento.
- Solvencia: Demostración de fondos suficientes para la estancia.
Viajes con menores de 18 años: Si un menor viaja solo o sin sus tutores legales, es imprescindible aportar:
- Autorización oficial: Permiso firmado por ambos progenitores (expedido por la policía en el país de origen).
- Carta de consentimiento: Documento en inglés que detalle el motivo del viaje y los datos de contacto de la persona responsable del menor en el Reino Unido.
- Notificación de acogida: Si el alojamiento no es con un familiar directo, se debe informar previamente a la autoridad local correspondiente.
Si el menor se aloja con una familia "no cercana" puede tener la posible obligación de notificar (Private Fostering)
También, si se da el caso que un menor vive en el Reino Unido con un adulto que no es su padre/madre/tutor ni un pariente cercano durante 28 días o más, puede considerarse private fostering, por lo tanto, hay obligación legal de notificarlo a la autoridad local (council). En el caso de viaje turístico corto (pocos días o 1-2 semanas), normalmente no aplica; pero si el menor va a quedarse varias semanas en casa de una familia anfitriona o conocidos, conviene revisarlo con el auroridad local (council local).

Cambios principales tras el Brexit
La salida del Reino Unido de la Unión Europea ha transformado la movilidad, sustituyendo el libre tránsito por un control fronterizo digital. Los puntos fundamentales que afectan al viajero hoy son:
- Documentación: El DNI ya no es válido. Es obligatorio viajar con pasaporte en vigor y contar con una eTA (Autorización Electrónica de Viaje) aprobada antes de embarcar.
- Estancias y Visados: Los europeos pueden permanecer hasta 6 meses por turismo. Para periodos superiores, o para realizar actividades laborales o académicas, es necesario tramitar un visado específico, ya que el Reino Unido ya no forma parte del programa Erasmus.
- Aduanas y Mascotas: Se han restablecido los límites en la importación de bienes y el pasaporte de mascotas de la UE ha dejado de ser válido, requiriendo ahora un Certificado Sanitario Animal (AHC).
- Controles Biométricos: En 2026, la entrada se gestiona mediante el escaneo de huellas y rostro, vinculando la información directamente al permiso digital del viajero.
¿Es obligatorio el seguro de viaje para el Reino Unido?
No es obligatorio contratar un seguro de viaje para entrar al Reino Unido como turista por un periodo inferior a 6 meses. Sin embargo, desde Visagov recomendamos contratar un seguro de viaje y/o médico para todos los viajes.
Aunque la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) sigue siendo válida para recibir asistencia médica de urgencia en el sistema público británico (NHS), su alcance es limitado. Al no formar parte de la Unión Europea, el Acuerdo de Retirada garantiza la atención básica, pero no cubre servicios críticos como:
- Repatriación médica: El traslado en avión medicalizado al país de origen en caso de accidente grave.
- entros privados: El acceso a clínicas privadas para evitar las esperas del sistema público.
- Incidencias de viaje: Protecciones adicionales contra cancelaciones, pérdida de equipaje o problemas derivados de la tramitación de la eTA.
En conclusión, aunque se puede ingresar al país sin una póliza privada, el seguro de viaje actúa como un respaldo de solvencia en la frontera y garantiza una protección integral frente a costes que la sanidad pública no asume.

¿Se unirá el Reino Unido al sistema ETIAS/SEIAV?
Es fundamental clarificar que, debido a su salida de la Unión Europea, el Reino Unido no forma parte del sistema ETIAS (Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes) ni tiene previsto integrarse en él. Aunque ambos sistemas comparten el objetivo de digitalizar las fronteras, funcionan de manera totalmente independiente.
Mientras que el ETIAS es el permiso que la Unión Europea exigirá a viajeros de terceros países para entrar en el espacio Schengen (con un lanzamiento previsto para el último trimestre de 2026), el Reino Unido ya tiene plenamente operativa su propia eTA británica. Esto significa:
- Un ciudadano de un tercer país (como un estadounidense o un canadiense) que planee un viaje combinado a París y Londres, deberá tramitar obligatoriamente ambas autorizaciones: el ETIAS para Francia y la eTA para el Reino Unido.
- Requisito para europeos: Los ciudadanos de la Unión Europea no requieren ETIAS para viajar por Europa, pero sí deben obtener la ETA para cruzar la frontera británica.
- El caso británico: A la inversa, los ciudadanos británicos que deseen viajar a España o cualquier país Schengen a partir de finales de 2026, también estarán obligados a solicitar el ETIAS europeo.
Requisitos para solicitar la autorización europea ETIAS
Cualquier ciudadano procedente de un tercer país exento de visado que desee viajar a uno de los Estados miembros del espacio Schengen deberá tramitar de manera obligatoria y online una Autorización de Viaje (ETIAS/SEIAV).
Para iniciar el proceso de registro, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Nacionalidad elegible: Pertenecer a uno de los más de 60 países que no requieren visado tradicional para entrar en la zona Schengen.
- Pasaporte biométrico: Disponer de un pasaporte válido con una vigencia mínima de 6 meses en el momento de la entrada al territorio europeo.
- Medios de contacto y pago: Poseer una dirección de correo electrónico activa para recibir la autorización y una tarjeta de crédito o débito para abonar las tasas administrativas correspondientes.
- Veracidad de datos: Completar el formulario digital sin omisiones ni discrepancias, ya que cualquier error en la información básica puede derivar en la denegación del permiso.
El sistema ETIAS requiere la introducción de información detallada que será verificada de forma automática contra bases de datos de seguridad (como Interpol y Europol). Los datos obligatorios incluyen:
- Identificación personal: Detalles completos del pasaporte (nombre, apellidos, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento).
- Información de contacto: Dirección de residencia habitual, número de teléfono y correo electrónico.
- Seguridad y antecedentes: Respuestas a preguntas sobre antecedentes penales, visitas a zonas de conflicto o denegaciones previas de entrada a la Unión Europea.
Es importante destacar que la aprobación del ETIAS no garantiza la entrada automática, ya que la decisión final reside en las autoridades fronterizas, quienes verificarán que el viajero sigue cumpliendo con las condiciones de entrada al cruzar la frontera del primer país Schengen de su itinerario.